Plazo para realizar reporte de reclamos del primer semestre de 2022 en el RNBD
Recuerde que a más tardar el 22
de agosto de 2022 se debe efectuar en el sistema del Registro Nacional de Bases
de Datos (RNBD) de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) el reporte
de reclamos interpuestos por los titulares de datos en el primer semestre del
año 2022. El reporte deberá incluir los reclamos presentados por los titulares
tanto al Responsable como al Encargado del tratamiento y se efectúa de acuerdo
con la lista de tipologías de reclamo incluida en el Manual de Usuario del
RNBD, el cual se encuentra disponible en el siguiente enlace.
De igual forma, les recordamos
otros eventos en que proceden actualizaciones obligatorias de la información
consignada en el RNBD:
- Cuando haya cambios sustanciales en la información consignada en el RNBD, la actualización debe hacerse dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente a su ocurrencia.
- Cuando se genere una nueva base de datos, su registro en el RNBD debe realizarse en un tiempo no mayor a dos (2) meses siguientes a su creación.
En los casos en los que los sujetos Responsables no reúnan las características establecidas en el Art. 1 del mencionado Decreto el cual modificó el Art. 2.2.2.26.1.2 del Decreto 1074 de 2015 - Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio), es sustancial dejar de presente que, esto no los exime de cumplir con la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y sus normas concordantes.
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